Header Ads

El circuito de Quintana María "no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente"


Un Informe de Impacto Ambiental realizado por la Junta de Castilla y León ha determinado que el proyecto relacionado con el circuito de motocross de Quintana María, en Valle de Tobalina, "no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente". 

Dentro del apartado de 'Pistas permanentes de carreras y de pruebas para vehículos motorizados', el proyecto consiste en la legalización para el funcionamiento del circuito, ya construido.

Se trata de una pista de pruebas para entrenamiento de aficionados al motocross que existe desde hace al menos 20 años. En la actualidad se emplea para la práctica de esta modalidad deportiva en el período de otoño a primavera, a demanda de los usuarios.

El acceso se realiza desde la carretera que une las localidades de Quintana María y Frías, a través de un camino sin asfaltar de unos 850 metros de longitud.

Se trata de una pista cerrada para la práctica deportiva de motos de campo (cross y enduro), que tiene una longitud aproximada de 1.430 metros y una anchura media de 7 metros. Ocupa cuatro parcelas que anteriormente se dedicaban al cultivo de cereal. El trazado del circuito se ha amoldado a las masas arbóreas existentes (pinar) en la parcela para mejorar su integración y aspecto estético.

Cuenta con un cerramiento en toda su longitud formado por estacas de madera hincadas en el suelo cada dos metros de distancia, entre las que se han tendido dos tablas de madera de pino, a una altura de 0,50 y 1,00 metros respecto del nivel del suelo.

El circuito de motocross de Quintana María se encuentra ubicado al oeste de la localidad, a 1,2 kilómetros del casco urbano, en la porción de terreno delimitada por el cauce del río Ebro y el canal de Iberduero, término conocido como Valdesar. La Superficie total es de 45.218 m2, de los que serán afectados por la pista del circuito 10.000 m2.

El circuito se emplea para la práctica deportiva de motocross, en las modalidades de entrenamiento y competición, siendo su uso ocasional en competición, excepcional en entrenamiento durante el verano y habitual (fines de semana) durante el resto del año.

Dado que el circuito está construido, no se plantean alternativas a su ejecución sino la legalización del mismo. La solución adoptada no es por tanto una variable seleccionada tras el análisis de varias ubicaciones o condicionantes técnicos sino que ha venido impuesta por criterios de propiedad del suelo y de aptitud del sustrato para la práctica deportiva.

El trazado del circuito se ha ido modificando con el tiempo, adaptándose a las demandas técnicas de los usuarios pero manteniendo su integración en el medio natural sin afectar a la masa arbórea existente en la parcela.

En la documentación presentada, se describen los impactos potenciales en el medio y se establecen una serie de medidas preventivas y correctoras en especial para la protección del suelo, la cubierta vegetal y el paisaje.

Las administraciones consultadas por la Junta no han puesto objeciones a la legalización del circuito por motivos ambientales, pese a que se encuentra a una distancia aproximada de 30 metros de las figuras de protección incluidas en la Red Natura 2000 que se corresponden con a la zona especial de conservación (ZEC) y la zona de especial protección para las aves (ZEPA) «Montes Obarenes», territorio que además se encuentra declarado como Parque Natural Montes Obarenes-San Zadornil. Considerando el tipo de actividad, su situación respecto de estas figuras y las medidas preventivas que se proponen, el informe no prevé repercusiones indirectas por su desarrollo que pudiesen afectar al estado de conservación de los valores por los que fueron declarados estos espacios.

No se pueden descartar efectos ambientales negativos derivados del proyecto sobre el ecosistema fluvial del río Ebro a causa de "emisiones de polvo y partículas, los vertidos de aceites, lubricantes y otras sustancias contaminantes, así como otros residuos o restos del desarrollo de la actividad que a través del suelo o tras su incorporación a la red de drenaje pudiesen llegar al ecosistema fluvial".

"También resultan relevantes las emisiones acústicas de la actividad del proyecto sobre el ecosistema fluvial, con efectos negativos como la degradación del hábitat para determinados grupos faunísticos o las molestias y alteraciones de las zonas de alimentación y cría, que pueden tener especial incidencia durante los periodos reproductivos de las especies", indica el informe, que concluye que "adoptando las medidas preventivas recogidas en el documento ambiental, se puede prever compatible la incidencia del proyecto sobre los valores indicados del medio natural".

No hay comentarios

Con la tecnología de Blogger.